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Exoneración de IRPF por alquileres: ¿quién puede acceder y cuáles son los requisitos?

¿Sos propietario de un inmueble que alquilás y querés saber si podés quedar exonerado del pago de IRPF por los alquileres que percibís? La normativa uruguaya establece determinados requisitos para acceder a este beneficio, relacionados con el monto de los alquileres, los ingresos obtenidos y otras condiciones que deben cumplirse. En este artículo te explicamos quién puede acceder a la exoneración de IRPF por alquileres, cuáles son los requisitos y cómo realizar el trámite ante DGI.
3 de septiembre de 2026 por
gestoriaminas

Exoneración de IRPF por alquileres: requisitos y cómo solicitarla

Si sos propietario de un inmueble que alquilás, es posible que los ingresos obtenidos por ese alquiler puedan quedar exonerados del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, la exoneración está sujeta al cumplimiento de determinados requisitos establecidos por la normativa tributaria. Por eso, antes de asumir que un alquiler está exonerado, es importante analizar los ingresos obtenidos y la situación particular del propietario.

¿En qué casos se puede acceder a la exoneración?

La normativa establece que las rentas provenientes del arrendamiento de inmuebles pueden acceder a la exoneración siempre que se cumplan simultáneamente determinadas condiciones.

Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Ingresos por alquileres: el total anual de los arrendamientos no debe superar las 40 BPC.
  • Otros rendimientos de capital: el contribuyente no debe obtener otros rendimientos de capital superiores a 3 BPC anuales.
  • Secreto bancario: el titular de las rentas debe autorizar el levantamiento del secreto bancario en las condiciones establecidas por DGI.

Por lo tanto, no alcanza con que el alquiler esté por debajo del límite de 40 BPC. Es necesario verificar el cumplimiento del conjunto de condiciones.

¿Qué sucede si no se cumplen los requisitos?

Cuando no corresponde la exoneración, las rentas derivadas del alquiler quedan alcanzadas por IRPF.

En estos casos, dependiendo de la situación, pueden existir retenciones sobre los alquileres y otras obligaciones tributarias que deberán ser consideradas por el propietario.

La tasa aplicable sobre la renta gravada es del 12%, pudiendo corresponder determinadas deducciones cuando el contribuyente realiza la liquidación mediante declaración jurada.

Si el alquiler está gravado, ¿cómo se realiza la retención?

Cuando corresponde el pago de IRPF y el arrendatario se encuentra obligado a actuar como agente de retención, deberá efectuar la retención correspondiente sobre el alquiler y posteriormente realizar el depósito ante DGI.

La normativa establece una retención del 10,5% en determinadas situaciones.

El propietario puede, según corresponda, optar por considerar esa retención como definitiva o presentar la correspondiente declaración jurada para realizar la liquidación del impuesto.

¿Qué gastos se pueden deducir?

Cuando las rentas por alquiler se encuentran gravadas y el contribuyente opta por realizar la liquidación mediante declaración jurada, existen determinados conceptos que pueden ser deducidos.

Entre ellos se encuentran:

  • Contribución Inmobiliaria.
  • Impuesto de Enseñanza Primaria.

La posibilidad de aplicar estas deducciones debe analizarse de acuerdo con las condiciones previstas por la normativa vigente.

Los límites se actualizan

Un aspecto importante es que los límites expresados en BPC (Bases de Prestaciones y Contribuciones) se modifican cuando cambia el valor de la BPC.

Por este motivo, la situación debe revisarse cada año, considerando tanto los ingresos obtenidos por alquileres como los demás rendimientos de capital y el valor vigente de la BPC.

¿Tenés un inmueble alquilado y querés saber si podés acceder a la exoneración?

Antes de presentar el trámite, es conveniente verificar que se cumplan todos los requisitos exigidos por la normativa.

En nuestro estudio analizamos tu situación y gestionamos la exoneración de IRPF por alquileres ante DGI.

📲 Contactanos para consultar si tu alquiler puede acceder a la exoneración y qué documentación necesitás para realizar el trámite.